Ante la constante publicación de artículos sobre las nuevas sentencias del Tribunal Supremo y publicidad de distintos bufetes que reclaman este tipo de productos, muchos de nuestros clientes nos estáis preguntando sobre que es una tarjeta revolving y así saber si quizás la tenéis y que podéis hacer.
Pues bien, se trata de una tarjeta en la que dispones de un límite de crédito que puedes utilizar a tu antojo, haciendo tantas disposiciones como quieras hasta su límite, que vuelve a estar disponible según se va amortizando a través de cuotas periódicas. No obstante, ¿Cuál es su peculiaridad? Precisamente, la baja cuota mensual que se paga, que provoca que la amortización del crédito se realice en un plazo tan largo que deriva en el pago de muchos intereses, haciendo que la devolución del crédito pase de ser asequible a resultar eterna.
Si bien es conocido que este tipo de créditos podían considerarse usurarios por los altos tipos de interés, las sentencias del Tribunal Supremo más recientes apuntan a una obviedad, como es que las entidades no ofrecieron la información suficiente o con la necesaria claridad que garantizase que el consumidor conociese la carga económica del producto que estaba contratando, pudiendo declararse la nulidad parcial del contrato por falta de transparencia y abusividad.
Por todo ello, habría al menos dos vías para reclamar la nulidad de las tarjetas revolving:
- La nulidad total del contrato por usura, mediante la que el deudor únicamente queda obligado a devolver solo lo recibido, quedando totalmente dispensado de abonar todo tipo de intereses usurarios. En caso de que el deudor hubiera abonado más capital del dispuesto, la parte prestataria deberá abonar las cantidades abonadas de más junto con sus intereses.
- La nulidad parcial del contrato por falta de transparencia y abusividad, mediante la que la entidad reducirá la deuda pendiente realizando una comparación entre las cuantías abonadas con la tarjeta revolving y la cantidad que realmente debería haber abonado.
Probablemente, estamos acostumbrados a escuchar que este tipo de tarjetas las comercializan Cofidis, Cetelem, Wizink… no obstante, no hay que dejar de lado otras comercializadas por comercios como MediaMarkt o Carrefour (Carrefour Pass) que podrían incluir un sistema revolving, pero además, un seguro de prima única financiada que incluye el coste de la prima en el principal de la operación, sin explicar que dicho incremento implicará el pago también de mayores intereses.
En definitiva, estas tarjetas son más comunes de lo que nos imaginamos y pueden hacernos incurrir en unos pagos totalmente indebidos que podríamos reclamar.